sábado, 12 de mayo de 2012

Constitución soviética de 1936 (Capítulo IX)

Capítulo IX. TRIBUNALES Y PROCURATURA

Artículo 102.-- La Justicia es administrada en la URSS por el Tribunal Supremo de la URSS, los Tribunales Supremos de las repúblicas federadas, los tribunales de los territorios y regiones, de las repúblicas autónomas, regiones autónomas y comarcas, los tribunales especiales de la URSS, instituidos por acuerdo del Soviet Supremo de la URSS, y los tribunales populares.
Artículo 103.-- Las causas se ven en todos los tribunales con participación de jurados populares, salvo en los casos previstos especialmente por la ley.
Artículo 104.-- El máximo órgano judicial es el Tribunal Supremo de la URSS. Está encargado de vigilar la actuación de los órganos de justicia de la URSS y de las repúblicas federadas, en los límites establecidos por la ley.
Artículo 105.-- El Tribunal Supremo de la URSS lo elige el Soviet Supremo de la URSS por un plazo de cinco años.
Forman parte del Tribunal Supremo de la URSS, en virtud de su propio cargo, los Presidentes de los Tribunales Supremos de las repúblicas federadas.
Artículo 106.-- Los Tribunales Supremos de las repúblicas federadas los eligen los Soviets Supremos de las mismas por un plazo de cinco años.
Artículo 107.-- Los Tribunales Supremos de las repúblicas autónomas los eligen los Soviets Supremos de las mismas por un plazo de cinco años.
Artículo 108.-- Los tribunales de los territorios y regiones, de las regiones autónomas y de las comarcas los eligen los Soviets de diputados de los trabajadores de los territorios, regiones o comarcas, o bien los Soviets de diputados de los trabajadores de las regiones autónomas, por un plazo de cinco años.
Artículo 109.-- Los jueces populares de los tribunales populares distritales (urbanos) los eligen los ciudadanos de cada distrito (ciudad), por un plazo de cinco años, mediante sufragio universal, igual, directo y secreto. Los jurados populares de los tribunales populares distritales (urbanos) los eligen, por un plazo de dos años, los obreros, empleados y campesinos, en asambleas generales, celebradas en los lugares de trabajo o de vivienda, y los militares, en las unidades militares.
Artículo 110.-- La Justicia se administra en la lengua de la república federada o autónoma o de la región autónoma, asegurando a quienes no hablen dicha lengua el conocimiento pleno de los documentos de la causa por medio de un intérprete, así como el derecho de uso de la palabra ante el tribunal en su lengua materna.
Artículo 111.-- La vista de las causas en todos los tribunales de la URSS es pública, siempre que la ley no disponga lo contrario, garantizándose al acusado el derecho de defensa.
Artículo 112.-- Los jueces son independientes y sólo se subordinan a la ley.
Artículo 113.-- La vigilancia máxima del cumplimiento exacto de las leyes por todos los Ministerios e instituciones dependientes de ellos, así como por los funcionarios públicos y los ciudadanos de la URSS, incumbe al Fiscal General de la URSS.
Artículo 114.-- El Fiscal General de la URSS lo designa el Soviet Supremo de la URSS por un plazo de siete años.
Artículo 115.-- Los fiscales de las repúblicas, de los territorios y de las regiones, así como los de las repúblicas autónomas y regiones autónomas, los designa el Fiscal General de la URSS por un plazo de cinco años.
Artículo 116.-- Los fiscales de las comarcas, de los distritos y de las ciudades los designan los fiscales de las repúblicas federadas por un plazo de cinco años, debiendo ser ratificados por el Fiscal General de la URSS.
Artículo 117.-- Los órganos de la Procuratura son independientes de todo órgano local en el ejercicio de sus funciones, subordinándose únicamente al Fiscal General de la URSS.

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