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sábado, 2 de junio de 2012

Constitución soviética de 1936 (Capítulo XIII)

Capítulo XIII. PROCEDIMIENTO PARA MODIFICAR LA CONSTITUCIÓN
Artículo 146.-- La Constitución de la URSS sólo puede ser modificada mediante decisión del Soviet Supremo de la URSS, adoptada por una mayoría no inferior a dos tercios de los votos en cada una de sus Cámaras.

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